Es difícil enumerar las causas por las cuales una pareja decida tomar la opción del divorcio. Si durante este periodo de convivencia juntos se hizo la compra de una vivienda, hoy te explicamos algunas consideraciones claves para hacer una venta efectiva de la propiedad.
La primera cuestión que se debe analizar es el régimen que regula el matrimonio a disolver. Tenemos tres:
El régimen de gananciales es un sistema en el que los bienes y ganancias obtenidos por los cónyuges, durante el matrimonio, son considerados comunes. Cuando una pareja opta por este régimen matrimonial, se diferencian dos categorías de bienes: los bienes privativos, que incluyen los que los cónyuges poseían antes de contraer matrimonio, así como aquellos que son inherentes a la persona, como la ropa y objetos de uso personal que no tienen un valor extraordinario, y los bienes comunes, que incluyen aquellos adquiridos a través del trabajo o industria de los cónyuges, así como los frutos y rentas producidos por los bienes privativos y comunes durante el matrimonio. Este régimen está regulado por el artículo 1347 del Código Civil español.
El régimen de separación de bienes es un sistema en el que cada miembro de la pareja mantiene su propio patrimonio individual y no existe un patrimonio común. En este régimen, cada cónyuge administra sus propios bienes y, en caso de adquirir bienes juntos, ambos aparecen como propietarios. Sin embargo, aunque no existe un patrimonio común, ambos cónyuges están obligados a contribuir a las cargas matrimoniales. Este régimen está regulado por el artículo 1437 del Código Civil español.
El régimen de participación es un sistema que permite a cada cónyuge mantener su autonomía patrimonial durante el matrimonio, pero en caso de divorcio o separación, se considera como una sociedad de gananciales. Este régimen está regulado por los artículos 1411 a 1434 del Código Civil español.
Al tener en cuenta cuál es el régimen del matrimonio, también hay que valorar otros dos aspectos importantes antes de vender la propiedad. En este caso serían: los hijos en común y si la vivienda se encuentra hipotecada.
Considerando si hay hijos en común, aunque sean menores de edad, la venta de la vivienda familiar estará sujeta a una previa autorización del juez que lleve el caso, pues siempre se impondrá el bienestar de los niños.
Si la vivienda se encuentra hipotecada al momento del divorcio, la mejor opción es hacer la venta a un tercero de manera formal, con el pago obtenido se procede a cancelar el crédito hipotecario; si después de esto queda alguna ganancia, se puede repartir en partes iguales.
Para la venta de la vivienda familiar después del trámite de divorcio, hay que considerar las tres situaciones que se pueden dar, según el régimen que ampare la unión matrimonial:
En el régimen de gananciales, es importante tener en cuenta que, en caso de divorcio, la vivienda familiar se divide al 50% entre los cónyuges. Por lo tanto, el importe obtenido de su venta se debe repartir de manera equitativa. Además, es importante destacar que hasta que el matrimonio no esté disuelto, no se puede realizar ningún tipo de gestión con respecto a la venta de la vivienda.
En régimen de separación de bienes: La venta de la vivienda familiar no requiere de una disolución matrimonial, ya que cada cónyuge es propietario de una parte del inmueble. Por lo tanto, se deben negociar y acordar los términos de la venta, incluyendo el importe y la repartición del dinero.
En caso de pareja de hecho: La venta de la vivienda requiere la aprobación y acuerdo de ambas partes, puesto que son copropietarios del inmueble. En consecuencia, es importante que ambas partes tengan una comunicación abierta y honesta sobre los términos de la venta y que trabajen juntas para llegar a un acuerdo mutuo.
Si no es posible alcanzar un acuerdo amistoso entre las partes para vender la vivienda, tras el divorcio, es necesario recurrir a la intervención de un juez. En casos donde no existen hijos en el matrimonio, la venta de la vivienda suele ser llevada a cabo a través de una subasta pública. Esta opción puede tener como resultado una reducción del precio de la propiedad, que puede ir desde un 20% hasta un 30%. La subasta permite a cualquier persona interesada adquirir la vivienda, y su objetivo es asegurar que las condiciones de la venta sean justas para ambas partes involucradas.
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